POLÍTICAS TECNOLÓGICAS
INDICE
Introducción
Políticas
tecnológicas
El
financiamiento directo de las actividades de investigación y desarrollo.
El
fondo para el fomento de la innovación tecnológica.
Estímulos
e incentivos a la contratación de empresas de asistencia técnicas nacionales.
Planeamiento
en nivel nacional del desarrollo científico tecnológico.
Ministerio
de estado para la ciencia y la tecnología.
Políticas
de comercio exterior, subsidio a la importación, incentivos a la exportación.
Papel
que desempeña el Instituto de comercio exterior (ICE).
Políticas
de crédito y de financiamiento.
Políticas
de precios.
Políticas
de empleo, de formación y de entrenamiento de mano de obra.
Políticas
de inversiones extranjeras.
Papel
que desempeña la superintendencia de inversiones extranjeras.
Políticas ecológicas.
La tecnología contemporánea.
Tecnología intermedia y tercer mundo.
El
papel que desempeña el ministerio del ambiente y recursos renovables.
La contaminación ambiental.
El concepto de
alternativa tecnológica y tecnología apropiada
Conclusión
Bibliografia
Conclusión
Bibliografia
INTRODUCCIÓN
La
tecnología ha inducido transformaciones que afectan el estilo de vida de los
seres humanos, porqué se ha producido una articulación de la ciencia, la
tecnología y la sociedad en bucle de Innovación permanente. Dicho bucle ha
producido una revolución tecnológica y social que ha dado como resultado el
surgimiento del cibermundo con sus diversos movimientos sociales en el redes y
comunidades virtuales. La
política tecnológica constituye una de las herramientas fundamentales para
facilitar el proceso de conformación de espacios y de creación de instrumentos
que le posibilitan al país hacerle frente a los imperativos de crecimiento con equidad,
de sustentabilidad ambiental y a las exigencias de la competitividad
POLÍTICAS TECNOLÓGICAS

Es un conjunto de
instrumentos, mecanismos, y normas, lineamientos y decisiones públicas, que
persiguen el desarrollo científico y tecnológico en el mediano y largo plazos
(normalmente dentro del marco de objetivos globales de desarrollo económico
social). Al igual son las diferentes actividades realizadas por la
administración pública, tendentes a elevar el nivel de innovación tecnológica
en las empresas, además, es la generación o adquisición de tecnología y de las
capacidades técnicas necesarias para la producción de bienes y servicios para
la toma de decisiones autónomas en materia tecnológica.
Estas a su vez se dividen
en:
Políticas Explicitas o
Directas: consiste en leyes, decretos, reducciones para la creación
de instituciones, fondos, controles, incentivos, impuestos, subsidios, sistemas
de información, etc. y tiene como objetivo principal de crear o fortalecer la
infraestructura científica tecnológica nacional.
Estas políticas están
fundamentadas en nuestra constitución nacional de la República
Bolivariana de Venezuela ya que de ella se emanan todas las leyes y directrices
para el desarrollo de nuestro país. En referencia a Ciencia Tecnología e
Innovación según el (artículo 110 de la República Bolivariana de Venezuela)” El
estado reconocerá el interés público de la ciencia, La tecnología, El
conocimiento, La innovación y sus aplicaciones y los servicios de información
necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo
económico social, y político del país.
FINANCIAMIENTO DIRECTO DE LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
Directamente el
presidente o presidenta de la república, en concejo de ministros fijara
el monto de los aportes anuales para financiar las actividades científicas y
tecnológicas y de innovación. Como lo señala (el Artículo 30 de la Ley Orgánica
Ciencia Tecnología e Innovación.)
El ejecutivo nacional por órganos del Ministerio de Ciencia y Tecnología,
Promoverá y coordinara, con los entes académicos, científicos y tecnológicos,
tantos públicos como privados, el financiamiento para la realización de
actividades. Los aportes exigidos a los entes participantes dependerán de
las condiciones económicas de las partes, de mutuo acuerdo. (Artículo
16,26 de la Ley Orgánica Ciencia Tecnología e Innovación.)

Existen en Venezuela muchas
instituciones en materia de ciencia y tecnología una de ellas es: El Fondo
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, FONACIT, que fue creado
recientemente con la aprobación de la Ley de Ciencia, tecnología e Innovación
(2001), y tiene por objeto apoyar financieramente la ejecución de los programas
y proyectos definidos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Antes se
denominaba Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT),
el cual fue creado mediante Ley del 13 de julio de 1967, derogada por Ley del
28 de noviembre de 1984, publicada en la Gaceta Oficial Nº 3.481 Extraordinario
del 13 de diciembre de 1984. Además existen otras
instituciones que ejecutan programas de financiamiento en el área de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
EL FONDO PARA EL FOMENTO DE LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
El Fondo de Innovación
Tecnológica tiene como objetivo fomentar iniciativas de
innovación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de Base
Tecnológica, así como de Start ups y personas físicas con actividad empresarial
que realicen proyectos de innovación tecnológica significativos y con alto
potencial de ser colocados en el mercado como innovaciones tecnológicas.
El FIT también impulsa
propuestas que consideren la incorporación de recursos humanos de alto nivel
académico y demás recursos materiales de laboratorios y adecuación de áreas de
prueba que refuercen sus capacidades tecnológicas internas para el desarrollo
de nuevos productos, procesos, método de comercialización u organización
.
Entre las instituciones
dedicadas a la investigación y desarrollo a nivel Nacional se encuentran las
siguientes:
La
Oficina Central de Estadísticas e Informática (OCEI).
Instituto
Autónomo Biblioteca Nacional (IABN).
Centro
de Estudios y Reflexión en Planificación Educativa (CERPE).
Consejo
Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT).
Instituto
Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES).
El
Ministerio de Educación a través de sus áreas de Investigación y Tecnología.
Dirección
de Planificación Educativa, a través de la División de Investigaciones.

ESTÍMULOS E INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE EMPRESAS DE ASISTENCIA TÉCNICAS NACIONALES
La situación de crisis económica generalizada por la que ha atravesado el
país, ha obligado a que las instituciones, tanto públicas como privadas, se transformen y
tengan una visión más articulada en su conjunto, abriendo espacio para la
concertación. Como una de las herramientas del Gobierno Nacional en su
estrategia de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, el Ministerio de
Industria y Comercio implementa programas y plantea proyectos dirigidos a la Pequeña y mediana empresa, para
la obtención descréditos a largo plazo y a su misma capacidad para negociar
condiciones favorables con la banca.
Esta situación, conjuntamente con la crisis
por la cual viene atravesando Venezuela en los últimos años, ha provocado su
estancamiento, el cual se refleja en el incremento de la tasa de desempleo y la comparecencia de fuentes alternas para la generación de ingresos;
básicamente a través de la economía informal. Por otra parte, en el contexto
económico mundial se ha demostrado que la PYMES posee ciertas ventajas que le permiten adaptarse
favorablemente a los cambios estratégicos relacionados con su desarrollo, lo
cual justifica que cualquier inversión que realicen los gobiernos en proyectos
de apoyo dirigido a este sector, tiene la mayor justificación económica y
social.
La finalidad de los créditos a las PYMES es atender las necesidades de financiamiento de los pequeños y medianos empresarios
tanto en el sector formal como informal incentivando la inversión en las
actividades comerciales, productivas y servicios; orientado a la financiación
de capital del trabajo o activo fijo.
Los créditos a la micro, pequeña y mediana
empresa (MIPYMES), son instrumentos que les son otorgados a estas compañías que
los requieran, a través del Estado (por medio del Fondo Nacional Para el
Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, "FONAPYME") y de
entidades financieras, con la finalidad de alcanzar un desarrollo más
integrado, equilibrado, equitativo y eficiente de la estructura productiva y de
la sociedad venezolana en general.
Incentivos: Como un incentivo directo para la creación
y constitución de nuevas micro, pequeñas y medianas
empresas, se establece durante al menos cinco años consecutivos desde su
creación, la exoneración del impuesto sobre la renta y a los activos empresariales a las empresas micro, pequeñas o
medianas de nueva creación.
Un incentivo a la generación de empleo, se
establece una reducción anual del impuesto sobre la renta de las micro, pequeñas y medianas
empresas, proporcional al incremento que en el mismo año fiscal hayan realizado dichas empresas en su plantilla de
personal.

Las MIPYMES podrán reponer el Impuesto al
Valor Agregado (IVA) hasta sesenta días después de haber realizado la venta. Además, los municipios podrán establecer regímenes
tributarios especiales para estimular la creación de éstas empresas, hasta por
un término de diez años a partir de la constitución de los respectivos
establecimientos empresariales
Como un incentivo a la capacitacion laboral y profesional de los obreros, empleados y
gerentes de las micro, pequeñas y empresas, está establecido un creditos fiscal equivalente al menos al ocho por mil (8
%o) de la suma total anual de los sueldos, salarios y remuneraciones en general por servicios prestados,
abonados al personal ocupado en dichos establecimientos, y sin tener en cuenta
la clase de trabajo que aquel realice.
El Ministerio de Producción
y Comercio, está en el deber de destinar recursos presupuestarios para la
formación y capacitación de empresarios de los micros, pequeñas y medianas
empresas.
PLANEAMIENTO EN NIVEL NACIONAL DEL DESARROLLO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
La sociedad venezolana se
desenvuelve ligada en determinado grado a la evolución de la ciencia y la
tecnología, esto requiere de la incorporación de los resultados obtenidos por
la investigación científico-tecnológica a fin de poder marchar dentro del tipo
de desarrollo que tiene trazado.
El Gobierno Bolivariano en
su deseo de reforzar el poder popular, proyecta un nuevo modelo industrial socialista,
en el cual, la finalidad de “hacer ciencia” consiste en elevar la calidad de
vida del venezolano por medio de la elaboración de proyectos investigativos y
de producción que cubran las necesidades de la población y, al mismo tiempo,
generen un beneficio para el ecosistema, las comunidades y los pueblos vecinos.
Así pues hoy día, la ciencia
y la tecnología muestran un rostro más humano, más accesible y por ende,
realmente aprovechable para todos. Prueba de ello, son los avances que
Venezuela ha conseguido, a través de la transferencia tecnológica entre
naciones, como por ejemplo con el Satélite Simón Bolívar, que genera beneficios
como la Telemedicina y la Teleducación; la Fabrica Socialista de Madera
Sintética, la cual aporta soluciones al grave problema ambiental de la tala
indiscriminada de árboles; el ensamblaje en Venezuela de autos, computadoras y
celulares, que ofrecen calidad a un precio más accesible; la democratización de
estudios médicos avanzados como la pesquisa neonatal, evitando graves enfermedades;
entre otros.
Aun cuando el planteamiento
puede entenderse como una forma metodológica o sistemática de actuar
racionalmente sobre la realidad, sus intentos de aplicación no han sido
compulsivos en la práctica social y económica. De ahí que los problemas que por
su significación han podido detectarse, deben ser observados más como efectos
de una planificación “indicativa”, (lo que incide en hacerla insuficiente
operativamente) que como consecuencia misma de otro género de problemas que
como tales, constituyen elementos del proceso social del cual se originan.
El sentido de este juicio vale igual para el contexto donde se sitúa la problemática administrativa o económica, por mencionar alguna parte de esa realidad vigente, que los problemas que afectan la pretendida dinámica de las actividades propias del Sector Ciencia y Tecnología.
Es así que a partir del supuesto básico que, para la planificación del desarrollo científico y tecnológico, representa la “totalidad analítica” de la situación en cuestión, intentamos revisar los criterios que, definir e instrumentar políticas de fomento tecnológico como expresiones inherentes a dicho proceso, han conducido al arraigo de problemas no sólo de índole conceptual sino también, pragmático.

MINISTERIO DE ESTADO PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA
El Ministerio del Poder Popular para
Ciencia y Tecnología es uno de los órganos que conforman el gabinete
ministerial del Poder Ejecutivo de Venezuela.
En septiembre de 2014 se anuncia la fusión entre el Ministerio del
Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación y el Ministerio del Poder
Popular para la Educación Universitaria para dar lugar al Ministerio del Poder
Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología que en 2019 es
suprimido y dividido nuevamente en los anteriores pero nombrado como Ministerio
del Poder Popular para Ciencia y Tecnología.
Actualmente, el Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología MPPCT,
se encuentra en proceso de transformación y consolidación con el propósito de
incorporar en su nueva etapa, una política acorde a las necesidades del país y
enmarcada en las 7 líneas que se desprenden del Consejo Científico Presidencial
(Enfocadas en los sectores: Agua, Eléctrico, Agroalimentario, Salud,
Telecomunicaciones, Transporte y Petróleo/Petroquímica). Según informó su
titular, Gabriela Jiménez, en un programa de la TV pública, venezolana de
televisión VTV, dicho proceso de transformación, implica una reorganización que
se tradujo en la creación de tres viceministerios que orientan toda la política
de generación del conocimiento, la ciencia, la tecnología y la
innovación para permitir el desarrollo de una ciencia nacionalista y patriota
que rescate las capacidades productivas del venezolano.
IMPLÍCITAS O INDIRECTAS POLÍTICAS DE COMERCIO EXTERIOR
La política exterior de Venezuela
está regida por los fundamentos de la Constitución de 1999 que establece los
principios de independencia igualdad entre los estados libre determinación y no
intervención solución pacífica de los conflictos cooperación respeto a los
Derechos Humanos solidaridad entre los pueblos y la democratización en la toma
de decisiones en los organismos internacionales, según nuestra Constitución
Venezuela también debe promover y consolidar la integración latinoamericana y
caribeña el desarme nuclear y el equilibrio ecológico estos resultan los
fundamentos políticos que deben regir nuestras políticas de integración en todos
los ámbitos de nuestro pueblo.
En la política exterior
venezolana, los recursos energéticos derivados de los hidrocarburos han
dinamizado la participación de nuestro país en los escenarios internacionales
seguida a considerable distancia por los minerales como el hierro y el aluminio
procesados en nuestras empresas en ambos casos y a veces de manera
contraproducente el papel del estado en su procesamiento y comercialización
sido preponderante y ocupa más del 95% de las Divisas que generamos.
Los enfoques que se pueden tener sobre el rol
del estado en estos rubros son muchos pero todos coinciden en la imperiosa
necesidad de atomizar las fuentes generadoras de divisas e integración
comercial con los mercados internacionales.
Fomentar las exportaciones
no tradicionales, atraer el turismo extranjero, incentivar la inversión del
capital foráneo, son las principales fórmulas para ampliar la matriz generadora
de activistas estaciones a su vez expandir las posibilidades de los venezolanos
en disponer de más opciones de progreso. No debemos pasar por alto que no somos los
únicos que desean atraer del exterior unas divisas que resultan escasos en la
actual economía global nuestro desempeño doméstico dependerá de cuán bien
sepamos atraer reproducir y retener el interés de la comunidad internacional.
SUBSIDIO A LA IMPORTACIÓN Y INCENTIVOS A LA EXPORTACIÓN
En el contexto del Grupo
Andino, el acuerdo clave en materia de subsidios es la Decisión 330 de la
Comisión. 50 Esta decisión contempla la eliminación de los subsidios a la
exportación en el comercio intrasubregional, y estipula la armonización de los
programas nacionales de incentivos. La Decisión 330 abarca todo el comercio
(artículo 1) entre los miembros del Grupo Andino y establece disciplinas en las
áreas de subsidios directos e indirectos, medidas fiscales y fiscales no
tributarias, medidas financieras y de divisas, medidas relacionadas con los
cargos por concepto de transporte, créditos financieros y de exportación y/o
programas de seguros y la aplicación de esquemas de regímenes aduaneros
(reembolsos).
La decisión rige tanto para los gobiernos como para otros organismos públicos que puedan estar bajo el control de los gobiernos o que operan por instrucción u ordenanza de éstos. También contiene disposiciones sobre transparencia en cuanto a la notificación de medidas conexas a la Junta y los estados miembros del acuerdo de cartagena. En consecuencia nuestro país ha implementado una serie de medidas que concuerdan con lo dispuesto en esta resolución para lo cual ha dispuesto una serie de subsidios e incentivos en materia de comercio entre los cuales destacan:
La decisión rige tanto para los gobiernos como para otros organismos públicos que puedan estar bajo el control de los gobiernos o que operan por instrucción u ordenanza de éstos. También contiene disposiciones sobre transparencia en cuanto a la notificación de medidas conexas a la Junta y los estados miembros del acuerdo de cartagena. En consecuencia nuestro país ha implementado una serie de medidas que concuerdan con lo dispuesto en esta resolución para lo cual ha dispuesto una serie de subsidios e incentivos en materia de comercio entre los cuales destacan:
Incentivos en materia fiscal
De ámbito nacional: Para las nuevas inversiones destinadas a los sectores agrícola, industrial,
pesquero, piscícola, pecuario y turístico, la legislación venezolana ha
previsto una rebaja en el impuesto sobre la renta equivalente al 20% de la
cantidad de las nuevas inversiones que se realicen durante los cinco años
siguientes a la vigencia de la ley del impuesto; quedan exentos los activos
compuestos por terrenos. Esta nueva ley deja a salvo el derecho a otros
descuentos que hubiesen adquirido los contribuyentes por inversiones previstas
en la ley de 1991, anteriormente vigente; en este sentido, se establece que
dichos inversores seguirán gozando de los beneficios previstos en la anterior
ley, hasta la culminación de los lapsos establecidos en la misma.
En el caso de nuevas inversiones en hidrocarburos y actividades conexas, se otorga una rebaja en el impuesto equivalente al 8% de la cantidad destinada a la explotación de hidrocarburos y actividades conexas realizadas en el país dentro del ejercicio anual, representadas en activos fijos destinados a la producción del enriquecimiento. Además, se concederá una rebaja adicional del 4% sobre el costo total de las nuevas inversiones en exploración, perforación e instalaciones conexas de producción, transporte y almacenamiento, recuperación secundaria de hidrocarburos, aprovechamiento y almacenamiento de gas, valoración de hidrocarburos y egresos por concepto de investigación.
En el caso de las empresas regidas por la Ley Orgánica de Concesiones sobre Obras Públicas y Servicios Públicos, las concesionarias pueden ser exoneradas del pago del impuesto sobre la renta, según lo estipulado en el artículo n.º 49 de la referida Ley.
Por otra parte, podrán exonerarse del pago del impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor (ICSVM), previa autorización del Consejo de Ministros, las importaciones y compras de bienes de capital y la recepción de servicios que sean efectuados o ejecutados durante la etapa previa a la operación de los contribuyentes en la ejecución de proyectos industriales, incluyendo aquellos que se dediquen a actividades mineras, petroleras y agroindustriales, por un período de hasta cinco años. Además, no se encuentran sujetas al pago de estos impuestos las importaciones de bienes realizadas bajo el régimen de puerto libre, así como las ventas de bienes de servicios efectuadas en esas áreas o secciones del territorio aduanero nacional sometidas a régimen especial; este régimen incentiva las inversiones en el puerto libre de Margarita (Nueva Esparta) y en la zona franca de Paraguaná (Falcón).
De ámbito municipal: A nivel municipal destacamos algunos beneficios fiscales que actúan como incentivos de carácter tributario. Estos beneficios se articulan en forma de exenciones, exoneraciones y descuentos, aunque en circunstancias especiales se puede llegar a la remisión total o parcial de un determinado impuesto.
Según lo establecido en el artículo n.º 64 del Código Orgánico Tributario, las
exenciones se definen como «la dispensa total o parcial del cumplimiento de la
obligación tributaria otorgada por la ordenanza, en el caso de los municipios».
Este beneficio recae sobre el sujeto pasivo de la obligación tributaria
definida en la ordenanza y del mismo se favorecen todos los sujetos pasivos que
se encuentren en el supuesto de hecho prescrito taxativamente en la ordenanza,
sin necesidad de una solicitud previa. La exención opera sus beneficios
indefinidamente, mientras no se altere la ordenanza que la consagre o el
supuesto de hecho que la hace procedente
.
En el mismo artículo, las exoneraciones se definen como «la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria otorgada por el alcalde previa autorización del concejo, en los casos autorizados por la ordenanza respectiva». La Ley Orgánica de Régimen Municipal establece en su artículo n.º 155 los lapsos para este beneficio fiscal, que serán acordados inicialmente por tres años y sólo podrán ser redefinidos hasta por un lapso igual, pero en ningún caso el plazo total deberá exceder de seis años.
En el mismo artículo, las exoneraciones se definen como «la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria otorgada por el alcalde previa autorización del concejo, en los casos autorizados por la ordenanza respectiva». La Ley Orgánica de Régimen Municipal establece en su artículo n.º 155 los lapsos para este beneficio fiscal, que serán acordados inicialmente por tres años y sólo podrán ser redefinidos hasta por un lapso igual, pero en ningún caso el plazo total deberá exceder de seis años.
Los descuentos no se encuentran definidos en la legislación venezolana. No obstante, el Código Orgánico Tributario establece en su artículo n.º 69 que las rebajas en los tributos se regirán por las normas aplicables a las exenciones y exoneraciones, en cuanto les sean aplicables.
La eliminación de los gravámenes opera de forma directa sobre la base imponible o sobre la tarifa del respectivo tributo y tiene una finalidad netamente incentivadora de determinada actividad económica gravada o para el fomento de determinado tipo de edificaciones o urbanizaciones.

Incentivos en materia comercial: Los regímenes aduaneros especiales tienen como objetivo principal facilitar la competitividad a los exportadores no tradicionales mediante la suspensión o devolución del pago de los aranceles sobre aquellos bienes o insumos que importen para luego incorporarlos a la producción nacional que más tarde sea colocada en los mercados internacionales. Estos mecanismos incluyen el régimen de admisión temporal para el perfeccionamiento activo, el draw back, la reposición de existencias, los depósitos aduaneros y la recuperación del impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor (ICSVM).
Régimen de admisión temporal para el perfeccionamiento activo (ATPA). De acuerdo con el Convenio Internacional de Kyoto para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros, el ATPA es un mecanismo que «permite recibir dentro de un territorio aduanero, con suspensión de derechos e impuestos de importación, ciertas mercancías destinadas a ser reexportadas en un período determinado, después de haber sufrido una transformación, elaboración o reparación». En Venezuela, este régimen consiste en la suspensión del pago de derechos arancelarios y del ICSVM, cuando se trate de importaciones de bienes e insumos para ser incorporados al productos de exportación; ambas formas deben quedar garantizadas a satisfacción de las autoridades tributarias. Este régimen se encuentra contemplado en la Ley Orgánica de Aduanas y su uso se instrumenta en los artículos nos. 46-55, ambos inclusive, del Reglamento de la Ley sobre los regímenes de liberación, suspensión y otros regímenes aduaneros especiales.
Draw back. El Convenio Internacional de Kyoto define este régimen aduanero como el que «permite, en el momento de la exportación de mercancías, obtener la restitución parcial o total de los derechos de impuestos de importación que hayan gravado dichas mercancías, a los productos contenidos en las mercancías exportadas o consumidas durante su producción». Este incentivo comercial está contemplado en la Ley Orgánica de Aduanas de 1978, aunque comenzó a ser utilizado por los exportadores nacionales a partir de 1991, año en el que se eliminaron los bonos de exportación. Puede ser el mecanismo más conveniente para ser aprovechado por los exportadores ocasionales, ya que permite obtener precios más competitivos al eliminarse el costo de nacionalización de los insumos importados incorporados al bien que se va a exportar. Los exportadores interesados en acogerse a este régimen deben presentar una solicitud ante la Gerencia Aduanera del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) en un plazo de 30 días contados a partir de la fecha de registro de la declaración de aduanas para la exportación; las operaciones de importación y exportación se deben realizar dentro del período de un año.
Reposición de existencias. Está definido como «régimen de reposición con franquicia arancelaria» y permite importar por una sola vez con liberación del pago de los derechos mercancías en equivalentes en cantidad, descripción, calidad y características técnicas a aquéllas respecto a las cuales se pagaron los impuestos de importación y que se fueron utilizando en la producción de mercancías exportadas previamente, con carácter definitivo. Las mercancías que se importen bajo este régimen deben ingresar en el país en un plazo no mayor de 180 días, contados a partir de la fecha de la autorización; la solicitud para obtener la autorización debe presentarse en un lapso de 30 días contados a partir de la fecha de registro de la declaración de aduanas para la exportación. La instrumentación de este régimen se encuentra expuesta en los artículos nos. 62-65 del Reglamento arriba señalado.
Depósitos aduaneros. Es un régimen especial mediante el cual las mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas son depositadas en un lugar destinado a este efecto, bajo control de la aduana y sin estar sujetas al pago de los impuestos de importación y a la tasa por servicios aduaneros; estas mercancías deben estar dirigidas a la venta, previo cumplimiento de los requisitos legales.
Recuperación del impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor. El exportador que soporte impuestos por los insumos representados en bienes y servicios importados, adquiridos o recibidos con ocasión de su actividad de exportación, tiene derecho a recuperar el pago tributario realizado. Para ello debe solicitarlo al SENIAT, mediante uno de los procedimientos establecidos en el artículo n.º 37, previo cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo n.º 58 del Reglamento de la Ley.
PAPEL QUE DESEMPEÑA EL INSTITUTO DE COMERCIO EXTERIOR
Instituto de Comercio Exterior (ICE), orientado a la promoción de
las exportaciones no petroleras y la administración de las negociaciones
comerciales internacionales; y la incorporación al Grupo Andino con la
suscripción del Acuerdo de Cartagena en 1973, que desde su establecimiento
pretendía conformar una zona de libre comercio, una unión aduanera y un mercado
común.
POLÍTICAS DE CRÉDITO Y DE FINANCIAMIENTO
Las políticas de crédito son
los lineamientos técnicos de los que dispone el gerente financiero de una
empresa, con la finalidad de otorgar facilidades de pago a un determinado
cliente. Dicha política implica la determinación de la selección de crédito, las
normas de crédito y las condiciones de crédito.
La política de crédito de
una empresa da la pauta para determinar si debe concederse crédito a un cliente
y el monto de éste. La empresa no solamente debe ocuparse de los estándares de
crédito que establece, sino también de la utilización correcta de estos
estándares al tomar decisiones de crédito.
Asimismo, la empresa debe
desarrollar fuentes adecuadas de información y métodos de análisis de crédito.
Cada uno de estos aspectos de la política de crédito es importante para la
administración exitosa de las cuentas por cobrar de la empresa y así
evitar problemas futuros. Se debe considerar que una ejecución inadecuada de
una buena política de créditos o la ejecución exitosa de una política de
créditos deficientes no producirán resultados óptimos.
Las políticas de
financiamiento son los lineamientos que le permiten a una entidad obtener
fondos o recursos financieros para llevar a cabo sus metas de crecimiento y
progreso.
LAS POLÍTICAS DE PRECIOS
Son un conjunto de normas y
decisiones que se establecen por parte de la empresa para intentar realizar
unos estándares generales acerca del precio que deben llevar sus productos y
servicios. Entre ellas podemos encontrar la fijación de ingresos que se quiere
obtener por cada producto, el margen de beneficios, o los precios máximos y
mínimos que se pueden poner a los productos de nuestra empresa por nuestra
parte, o parte de terceros que los distribuyan.
Las políticas de precios
son fundamentales para el buen funcionamiento de nuestra empresa. Por un
lado, determina el punto de equilibrio y permite conseguir los beneficios
deseados con nuestra actividad empresarial, ya que pondremos el precio que creamos
conveniente para conseguir una rentabilidad concreta. Pero no solo eso, el
precio elegido también determinará nuestra estrategia de posicionamiento
de mercado, ya que dependiendo de si nuestro precio es muy alto o muy bajo,
se dirigirá a un público objetivo u otro.
POLÍTICAS DE EMPLEO, FORMACIÓN Y DE ENTRENAMIENTO DE MANO DE OBRA
Se denominan políticas de
empleo a todas aquellas medidas que tienen como objetivos el logro de un
funcionamiento eficiente del mercado de trabajo y la mejora de las condiciones
laborales de los trabajadores. Su finalidad última es la creación de empleo y
la reducción de las tasas de paro. Con este propósito, los gobiernos diseñan e
instrumentan toda una serie de medidas con las que animar la creación de
empleo, paliar los posibles desajustes de la oferta de trabajo y mejorar el
propio funcionamiento del mercado de trabajo.
El objetivo de las políticas
de formación es mejorar la productividad. Pero igual sirven para aumentar
los conocimientos, habilidades, actitudes y aptitudes de los empleados de tu
PYME.
Como empresario PYME no
debes ver esto como un gasto, sino como una inversión, porque los resultados
son muy beneficiosos para tu negocio.
Antes, el fin de la
formación para empleados era proporcionar solo conocimientos técnicos para
realizar una labor determinada. En la actualidad, estas políticas se aplican
también para solucionar problemas, actitudes de comunicación, trabajo en
equipo, mejorar el compromiso del trabajador, y obtener oportunidades de
promoción. Cuando ofreces formación los trabajadores son más eficientes.
Se conoce como mano de
obra al esfuerzo físico y mental que se pone al servicio de la fabricación
de un bien. El concepto también se utiliza para nombrar al costo de este
trabajo (es decir, el precio que se le paga al trabajador por sus recursos).
La mano de obra puede clasificarse en directa o indirecta. La mano de obra directa
es aquella involucrada de forma directa en la fabricación del producto
terminado. Se trata de un trabajo que puede asociarse fácilmente al bien en
cuestión. mano de obra indirecta, se relaciona con los pagos de los empleados
que hacen sus actividades que no asisten de forma directa a la producción de
bienes o servicios, como lo son los trabajadores de apoyo que se involucran
para llevar a cabo a otras producciones de bienes.
POLÍTICAS DE INVERSIONES EX
La política de
inversión extranjera es el conjunto de instrumentos y acciones que
aplica el Estado con el fin de promover, regular, fomentar y controlar la
inversión extranjera directa.
PAPEL QUE DESEMPEÑA LA SUPERINTENDENCIA DE INVERSIONES EXTRANJERAS (SIEX)
El órgano contralor
principal de estas es la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (Siex) que
es el ente oficial responsable de la supervisión y control de la inversión
extranjera y temas conexos.
LAS POLÍTICAS ECOLÓGICAS
Son imprescindibles según la ONU. Invertir en energías
renovables, en el transporte sostenible, y en una agricultura respetuosa con
los bosques y la naturaleza son retos esenciales para lograr reducir la pobreza
en el mundo.
LA TECNOLOGÍA CONTEMPORÁNEA
Los progresos técnicos que
introdujo la Revolución Industrial, en el siglo XIX transformaron todos los
aspectos relacionados con la vida europea. El término de Revolución Industrial
fue acuñado para referirse al desarrollo económico y tecnológico, este es un periodo
histórico que sucede a finales del Siglo XVIII el cual se desarrollo hasta el
presente le confieren unas connotaciones muy particulares por su cercanía en el
tiempo. Suele considerarse que la llamada época contemporánea comienza en 1789,
con la revolución francesa, que provoco la caída del antiguo régimen existente
en Europa y abrió el camino a nuevas formas de organización política y social.
TECNOLOGÍA INTERMEDIA Y TERCER MUNDO
Tal proposición presenta obstáculos importantes para ser incluida en lo que concebimos como tecnologías alternativas. Por una parte, nos volvemos a encontrar ante la convicción de lo puramente técnico como solución a problemas de raíz sociopolítica; ello al lado de la consideración de la ciencia y la tecnología modernas como intrínsecamente perniciosas, aislándolas de los condicionantes políticos y económicos que señalan su creación y desarrollo; además, el mismo adjetivo de intermedia para calificar dicha tecnología parte de considerar la evolución social como una suerte de crecimiento orgánico que va de menor a mayor, donde lo que se quiere para el 3er. Mundo no es otro modelo de desarrollo, sino ajustar el ya existente a posibilidades más modestas, hasta que podamos progresar lo suficiente en la escala de ascenso científico-técnico diseñada por y para los países "avanzado". Con presupuestos básicos semejantes, no puede resultar extraño que tanto las compañías transnacionales como los mecanismos de financiamiento ligados a ellas hayan apoyado proyectos de investigación y desarrollo en el campo de las tecnologías intermedias; un caso más de esa recuperación para el sistema y su paradigma tecnológico de posibilidades divergentes, como apuntábamos al referirnos a las alternativas tecnológicas.
La elección de una
tecnología es una de las cuestiones más críticas que afronta cualquier país,
grande o pequeño, rico o pobre. Es una elección con una influencia
generalizada. Determina lo que se va a producir, y cómo y dónde se va a
producir, dónde vive la gente, quién trabaja y la calidad de las condiciones de
trabajo; qué recursos se van a utilizar y qué sistemas de apoyo, como
financiación, educación, transporte, se necesitan; y dependiendo de su impacto
ambiental, determina si el sistema económico que ha formado es sostenible o no.
Pocos se atreverían a negar que la tarea más urgente de los países, tanto ricos
como pobres, es descubrir y utilizar tecnologías sostenibles, tecnologías que
respeten la necesidad humana de un trabajo útil y satisfactorio, que causen un
daño mínimo al medio ambiente y que conserven los recursos básicos.
Las deficiencias de las
tecnologías de los países ricos se hicieron evidentes al ponerlas en relación
con las necesidades y recursos de los países en vías de desarrollo. Schumacher
fue el primero en poner de manifiesto, a principios de los 60, el papel crítico
de la tecnología en el desarrollo económico. Argumentaba que los países del
Tercer Mundo estaban confiando en las tecnologías de los países ricos con un
riesgo: que las industrias de los países ricos, de gran escala, intensivas en
capital y uso de recursos aumentarían más que resolver los problemas de los
países pobres.
En 1965 un grupo de nosotros
ayudó a Schumacher a iniciar el Grupo de Desarrollo de Tecnología Intermedia (ITDG)
en Londres. Nuestro punto de partida era que el desempleo masivo y la miseria
rural se podrían superar sólo mediante la creación de puestos de trabajo en las
mismas áreas rurales; que estos puestos de trabajo deberían ser de bajo coste
para que se pudieran crear en grandes cantidades sin demandar niveles
imposibles de ahorro o importación; que los métodos de producción y los
servicios asociados deberían ser relativamente simples, y que la producción
debería hacerse a partir de materiales locales y para uso local principalmente.
Pensábamos que la ingeniería
debería destinarse a la tarea de crear o descubrir tecnologías de bajo coste:
herramientas y equipos que controlaran los pobres rurales y urbanos, que fueran
de su propiedad, y con los cuales pudieran salir ellos mismos de su pobreza.
Nuestro propósito era
demostrar que las tecnologías apropiadas a las necesidades y recursos de los
pobres en las áreas rurales podían desarrollarse y utilizarse, y, ayudando a
crear una red internacional de organizaciones con las mismas ideas, cambiar el
énfasis de la ayuda y del desarrollo hacia una tecnología de pequeña escala
realmente capaz de introducir la industria en las áreas rurales.
EL PAPEL QUE DESEMPEÑA EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y RECURSOS RENOVABLES
Además de las funciones
determinadas en la Constitución Política y en el artículo 59 de la Ley 489 de
1998 y en las demás leyes, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
cumplirá las siguientes funciones:
1. Diseñar y formular la
política nacional en relación con el ambiente y los recursos naturales
renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de
uso del territorio y de los mares adyacentes, para asegurar su conservación y
el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del
ambiente.
2. Diseñar y regular las
políticas públicas y las condiciones generales para el saneamiento del
ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y
recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o
mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas
del entorno o del patrimonio natural, en todos los sectores económicos y
productivos.
3. Apoyar a los demás
Ministerios y entidades estatales, en la formulación de las políticas públicas,
de competencia de los mismos, que tengan implicaciones de carácter ambiental y
desarrollo sostenible. Y establecer los criterios ambientales que deben ser
incorporados en esta formulación de las políticas sectoriales.
CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Se denomina contaminación
ambiental a la presencia en el ambiente de cualquier agente (físico, químico o
biológico) o bien de una combinación de varios agentes en lugares, formas y
concentraciones tales que sean o puedan ser nocivos para la salud, la seguridad o
para el bienestar de la población, o bien, que puedan ser perjudiciales para la
vida vegetal o animal, o impidan el uso normal de las propiedades y lugares de
recreación y goce de los mismos. La contaminación ambiental es también la
incorpo- ración a los cuerpos receptores de sustancias sólidas, liquidas o
gaseosas, o mezclas de
ellas, siempre que alteren desfavorablemente las condiciones naturales del
mismo, o que puedan afectar la salud, la higiene o
el bienestar. A medida que aumenta el poder del
hombre sobre la naturaleza y aparecen nuevas necesidades como consecuencia de
la vida en sociedad,
el medio
ambiente que lo rodea se deteriora cada vez más. El comportamiento social
del hombre, que lo condujo a comunicarse por medio del lenguaje,
que posteriormente formó la cultura humana,
le permitió diferenciarse de los demás seres vivos. Pero mientras ellos se
adaptan al medio ambiente para sobrevivir, el hombre adapta y modifica ese
mismo medio según sus necesidades.

ALTERNATIVA TECNOLÓGICA Y TECNOLOGÍA APROPIADA
Las tecnologías alternativas
o ecotecnias, son innovaciones tecnológicas diseñadas para preservar y
restablecer el equilibrio entre el medio ambiente y la actividad humana La tecnología adecuada
(TA), también conocida como tecnología apropiada o intermedia, es aquella tecnología que
está diseñada con especial atención a los aspectos medioambientales, éticos,
culturales, sociales y económicos de la comunidad a la que se dirigen.
CONCLUSIÓN
Finalmente, se
enfatiza en la obligación que tiene el país de elevar su nivel tecnológico, su
capacidad de innovación para poder hacerle frente a las nuevas realidades del
mercado. Tal tarea tiene que ver con la forma en que se enfrente el reto del
desarrollo tecnológico y de la política que se formule al respecto.
BIBLIOGRAFIA
Constitución de la republica bolivariana de Venezuela (Gaceta
Oficial Nº5.453 Extraordinario 24marzo de 2000.)
Proyecto Nacional Simón Bolívar P.P.S (Desarrollo Económico y Social de
la nación
http://www.ivic.ve/memoria/ensayos/cien_tec/ciencia_tecnologia.htm#seccion_11
http://www.minci.gob.ve/reportajes/2/189241/ciencia_y_tecnologia.htm
lhttp://boards4.melodysoft.com/GTUNIIISA/politicas-tecnologicas-y-planes-44.html.
http://www.asovac.org/2007/02/19/plan-nacional-de-ciencia-tecnologia-e-innovacion-2005-2030/
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